El 28 de marzo de 2020 a las 5:30 de la tarde, mediante operativos de allanamiento y registro realizados a la vivienda ubicada en la calle ...
El 28 de marzo de 2020 a las 5:30 de la tarde, mediante operativos de allanamiento y registro realizados a la vivienda ubicada en la calle 7 del municipio de Belén de Umbría, fue capturado en flagrancia Álvaro Méndez Rodríguez quien se encontraba en el lugar.
Álvaro Méndez Rodríguez |
Allanamiento
En el operativo de registro fueron incautadas envolturas plásticas que contenían total de 10 unidades de estupefaciente, que arrojaron 15,8 gramos que dieron positivo para cocaína y sus derivados; gramera y dinero en efectivo.
El delito
A Méndez Rodríguez le fue imputado el delito de tráfico de estupefacientes bajo la modalidad de conservar en concurso con uso de menores de edad bajo la comisión de delitos; pues según lo expuesto por la Fiscalía, al momento de la captura este hombre se encontraba en compañía de una menor de edad. El indiciado no aceptó los cargos.
La medida
Representante de la Fiscalía solicitó al despacho que al hombre le fuera asignada medida de aseguramiento en centro carcelario, argumentando que por las evidencias recolectadas, se cumple con los requisitos para que Méndez Rodríguez sea enviado a prisión, y que además la pena a pagar supera los 4 años; agregó el ente acusador que el indiciado podría representar un peligro para la sociedad porque al parecer usa a menores de edad en actividades ilícitas y podría estar vinculado a grupos delincuenciales.
Por su parte la defensa se opuso argumentando que las razones expuesta por la Fiscalía y las pruebas mostradas no eran coherentes y que tampoco podía asegurarse que el judicializado empleara a menores para el tráfico de sustancias psicoactivas. El abogado defensor solicitó al juez la libertad inmediata de Méndez Rodríguez y expuso que su defendido no tenía antecedentes penales y que se debía tener en cuenta la emergencia carcelaria y sanitaria por el Covid-19.
El Juez de Garantías cobijó a Méndez Rodríguez con detención domiciliaria.
DATO
5 A 9 años sería la pena a pagar por el delito de tráfico de estupefacientes.
CIFRA
10 años es la pena mínima por el delito de uso de menores.
Representante de la Fiscalía solicitó al despacho que al hombre le fuera asignada medida de aseguramiento en centro carcelario, argumentando que por las evidencias recolectadas, se cumple con los requisitos para que Méndez Rodríguez sea enviado a prisión, y que además la pena a pagar supera los 4 años; agregó el ente acusador que el indiciado podría representar un peligro para la sociedad porque al parecer usa a menores de edad en actividades ilícitas y podría estar vinculado a grupos delincuenciales.
Por su parte la defensa se opuso argumentando que las razones expuesta por la Fiscalía y las pruebas mostradas no eran coherentes y que tampoco podía asegurarse que el judicializado empleara a menores para el tráfico de sustancias psicoactivas. El abogado defensor solicitó al juez la libertad inmediata de Méndez Rodríguez y expuso que su defendido no tenía antecedentes penales y que se debía tener en cuenta la emergencia carcelaria y sanitaria por el Covid-19.
El Juez de Garantías cobijó a Méndez Rodríguez con detención domiciliaria.
DATO
5 A 9 años sería la pena a pagar por el delito de tráfico de estupefacientes.
CIFRA
10 años es la pena mínima por el delito de uso de menores.
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