Consternación y repudio generó en los ciudadanos un video que se viralizó en redes sociales, donde se observa a un hombre, en las afueras de...
Consternación y repudio generó en los ciudadanos un video que se viralizó en redes sociales, donde se observa a un hombre, en las afueras de una institución educativa de Cuba enseñándoles a los menores sus partes íntimas.
¿Qué pasó?
Las imágenes se dieron a conocer en la tarde de ayer como llamado a los padres de familia que tiene menores a las afueras de los colegio Hans Drews Arango y San Joaquín, donde el hombre hostigaba a los niños y niñas exhibiendo su miembro en los alrededores de las dos escuelas y donde piden la presencia de las autoridades policiales, además mayor atención de los padres de familia con sus hijos.
No es un delito
Según La Corte Suprema de Justicia no todo acto de exhibicionismo es un delito, ya que debe existir finalidad en el acto sexual para que este se configure.
Es decir, una persona que muestre las partes íntimas en público sin actos obscenos como la masturbación, movimientos de la lengua o comentarios vulgares incluso tocamiento a una posible víctima, no está configurado como delito en el Código Penal.
La persona que cometa una conducta como esta solo es castigada con una sanción contemplada en el Código de Seguridad y Convivencia ya que el exhibicionismo, fue despenalizado desde 1980 como delito. Diferente si la persona que expone sus genitales realiza algún otro acto como la masturbación, entabla una conversación con los menores y realiza tocamientos en su cuerpo, eso sí es un delito.
¿Qué pasó?
Las imágenes se dieron a conocer en la tarde de ayer como llamado a los padres de familia que tiene menores a las afueras de los colegio Hans Drews Arango y San Joaquín, donde el hombre hostigaba a los niños y niñas exhibiendo su miembro en los alrededores de las dos escuelas y donde piden la presencia de las autoridades policiales, además mayor atención de los padres de familia con sus hijos.
No es un delito
Según La Corte Suprema de Justicia no todo acto de exhibicionismo es un delito, ya que debe existir finalidad en el acto sexual para que este se configure.
Es decir, una persona que muestre las partes íntimas en público sin actos obscenos como la masturbación, movimientos de la lengua o comentarios vulgares incluso tocamiento a una posible víctima, no está configurado como delito en el Código Penal.
La persona que cometa una conducta como esta solo es castigada con una sanción contemplada en el Código de Seguridad y Convivencia ya que el exhibicionismo, fue despenalizado desde 1980 como delito. Diferente si la persona que expone sus genitales realiza algún otro acto como la masturbación, entabla una conversación con los menores y realiza tocamientos en su cuerpo, eso sí es un delito.
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