Para una mujer, su relación sentimental había terminado, pero su pareja, Jaime Alberto Osorio Casalini, de 54 años, no lo veía así. Este quedó vinculado a un proceso judicial por presuntas amenazas.
¿Qué pasó?
Los hechos ocurrieron el domingo 21 de junio, hacia las 8:10 de la noche, en la calle 72 con carrera 37 del barrio Villa Elisa. Según la Fiscalía 29 Local URI, presuntamente intimidó y amenazó a su expareja sentimental, mediante el uso de un cuchillo, en un contexto de persecución, hostigamiento y control derivado de la terminación de la relación sentimental.
Durante la audiencia, el ente acusador indicó que ya le había manifestado en varias oportunidades su decisión de terminar la relación y no mantener más contacto con él. Sin embargo, presuntamente Jaime Alberto se desplazó desde la ciudad de Cali hasta Pereira para buscarla.
La víctima sostuvo que el hombre venía rondando la residencia, la seguía constantemente, la llamaba desde diferentes números telefónicos y le hacía manifestaciones que evidenciarían una actitud de posesión sobre ella. Entre las expresiones atribuidas al investigado se encuentran frases como: “Usted es mía” y “si no es mía no es de nadie”.
De acuerdo con la narración presentada por la Fiscalía, la situación se tornó más delicada cuando el hijo de la víctima intervino para defender a su madre.
En ese momento, presuntamente Jaime Alberto lo tomó del brazo y le manifestó que no se metiera porque el problema no era con él. Posteriormente, el hombre se abalanzó hacia la mujer portando un cuchillo, situación que le generó un profundo temor por su integridad y por su vida.
La Fiscalía también reveló que incluso después de ser detenido, el comportamiento intimidante habría continuado, cuando era subido a la patrulla de la Policía, Jaime Alberto presuntamente le manifestó a la mujer: “Tranquila que yo salgo y la busco”.
No aceptó
Durante las diligencias judiciales, la Fiscalía imputó a Jaime Alberto Osorio Casalini el delito de intimidación o amenaza con arma blanca, cargos que no aceptó. El ente acusador solicitó medida de aseguramiento privativa de la libertad en establecimiento carcelario. Sin embargo, el Juzgado Segundo Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Pereira no acogió la petición de la Fiscalía y decidió imponer una medida no privativa de la libertad, entre ellas, tiene prohibido acercarse a la víctima en una distancia menor a 400 metros, comunicarse con ella por cualquier medio o mantener cualquier tipo de contacto directo o indirecto.
